DOCUMENTOS Y REGLAMENTACIÓN

 

INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA BÁRBARA

MANUAL DE CONVIVENCIA

PRESENTACIÓN


Toda sociedad, para lograr niveles de convivencia que armónicos, tiene una serie de acuerdos y/o normas que regulan su funcionamiento armónico que permiten alcanzar sus aspiraciones u objetivos.
No es extraño, por tanto, que la escuela, parte integral de la sociedad, donde
confluyen una serie de sujetos, requiera de un derrotero mediante el cual se llegue a una declaración de intenciones e ideales de convivencia para los directivos, maestros, padres de familia, estudiantes y colaboradores de la Institución Educativa.
El presente Manual Escolar de Convivencia e Inclusión, es un documento de
reflexión y ajuste permanente que garantiza la educación como un derecho- deber, enmarcado en un estado social de derecho, que busca rescatar desde la inclusión y la normatividad, el respeto por la institucionalidad en el entorno escolar de los niñ@s y adolescentes de la institución y su formación para la convivencia en tiempos del post conflicto.
Nuestro manual, acorde con la ley 115 de 1994, la ley 1620 del 2013 y el decreto 1965 del 2013, establece los derechos y obligaciones de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir nuestra institución ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada permanentemente por la comunidad educativa desde el 2018, de obligatorio cumplimiento.
Para su reglamentación final, se desarrollaron preceptos emitidos por la Corte Constitucional tales como en la Sentencia T-348/96, que dice: “Los
establecimientos educativos se rigen internamente por principios y reglas de convivencia, las cuales se consignan en los denominados manuales de convivencia o reglamentos internos, instrumentos que sirven para regular la convivencia armónica de los distintos estamentos que conforman la comunidad educativa, y que como tales han de expedirse y hacerse conocer por parte de quienes integran cada uno de ellos, a quienes obliga, siempre que no sean contrarios a preceptos constitucionales o legales. En esos instrumentos se consagran los derechos y deberes de los estudiantes, quienes como sujetos activos del proceso educativo tienen la prerrogativa de reclamar los primeros y la obligación de cumplir y acatar los segundos”
Igualmente, en sentencia T-024 de 1996, la CC aseguró que el derecho a la
educación, en cuanto a su carácter, implica una doble condición de derecho-deber; un incumplimiento, debe forzosamente dar lugar a una sanción, pero enmarcada dentro de límites razonables.
La CC expresa que el derecho-deber admite, ante el incumplimiento por parte del alumno de sus obligaciones, la imposición de sanciones previamente establecidas, mediando el debido proceso, las cuales pueden incluso llegar a la cancelación del cupo, siempre que no impliquen la negación del núcleo esencial del derecho fundamental a la educación, ni se constituyan en penas de carácter imprescriptible, pues violarían lo establecido en el artículo 28 de la Constitución. Por último, con este manual escolar de convivencia e inclusión, queremos, que además de los procesos académicos en los cuales se ve inmersa la escuela, nuestros educandos aprendan del error, respeten la diversidad y diriman los conflictos y/o todas aquellas posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos, de manera pacífica, en el marco de una ruta de atención integral.

 

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

“La excelencia es nuestra meta de calidad”

El proyecto educativo institucional se concibe como un proceso permanente de desarrollo humano e institucional, asumido como el eje articulador del quehacer de la institución educativa, construido y desarrollado en forma autónoma, participativa y democrática por la comunidad educativa, en busca del mejoramiento de la calidad de la educación.